Escrito por Webmaster
Sábado, 03 de Enero de 2009
Análisis de las repercusiones jurídicas de la reforma Constitucional Federal sobre derechos y cultura indígena, en la estructura del Estado. (Actualización Diciembre de 2007)
La reforma constitucional federal del 14 de Agosto de 2001 modificó los artículos 1º, 2º, 4º, 18 y 115. Fue un paso muy importante para avanzar en la construcción de una nueva relación entre el Estado, los pueblos indígenas y la sociedad.
El artículo 2º se refiere a los derechos de pueblos y comunidades indígenas en el apartado A y a las obligaciones de la Federación, los Estados y los Municipios para con ellos en el apartado B. Además, reconoce la composición pluricultural de la nación, se contempla la definición legal de pueblo y comunidad indígena, la libre determinación y autonomía y se señalan los derechos indígenas que pueden ejercerse en el marco de la Constitución y las leyes con respeto al pacto federal y la soberanía de los estados.
A pesar de sus avances, esta reforma se considera insuficiente. Es necesario continuar trabajando para que se reconozca a los pueblos y comunidades indígenas como sujetos de derecho, con personalidad jurídica, con derechos territoriales y representación política. Es importante tener en cuenta que en México las normas jurídicas que reconocen derechos específicos a los indígenas, no siempre se hacen efectivas y tampoco se observan en los procedimientos judiciales. Los factores que provocan este problema son diversos: van desde el desconocimiento de su existencia o contenido, a la velada discriminación, pasando, en ocasiones por la falta de normas de procedimiento para asegurar su observancia.
La falta de respeto a las garantías individuales y sociales y a los derechos de los indígenas no sólo son factores que producen injusticia para individuos y grupos, también constituyen un severo obstáculo para su desarrollo integral y sustentable, el cual no podrá darse sin seguridad y certeza jurídica.
Este documento presenta un diagnóstico de la situación de los derechos indígenas a partir de la reforma del 2001; la forma en que el Estado ha asumido el enfoque de la pluriculturalidad, el nivel de cumplimiento y el alcance del mandato Constitucional en las legislaturas de los estados para reconocer a los pueblos y comunidades indígenas en su legislación y la acción institucional de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas en el tema de vigencia de derechos indígenas.
Tiene la pretensión de servir como instrumento de información jurídica y de propuestas para los servidores públicos de la Administración Pública, del Poder Legislativo y de la Administración de Justicia, en el ámbito federal y local para conocer el reconocimiento y la vigencia de los derechos indígenas, así como algunas propuestas para implementar medidas que garanticen el ejercicio de los derechos indígenas en el país.
Asimismo, este documento se plantea como un material de consulta para los miembros de pueblos y comunidades indígenas, para los estudiosos del pluralismo jurídico y cultural y para la sociedad interesada en el tema.
En el primer apartado se presenta el tema de vigencia de derechos como parte de las actividades de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI).
El segundo apartado se enfoca al ámbito internacional de los derechos humanos para contextualizar la adopción de diversos ordenamientos internacionales en la legislación interna de nuestro país.
Se abordan en el tercer apartado, los derechos de los pueblos indígenas reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), así como algunos temas pendientes de discusión por las instancias competentes.
En el cuarto apartado se presentan los avances legislativos en la legislación federal y se hace una recopilación de la legislación, que plasma los derechos en materia indígena en este ámbito. Además, se agrega un análisis sobre la legislación federal vigente y se proponen temas para el desarrollo legislativo.
El Poder Legislativo Federal es el tema del quinto apartado, en donde además de su estructura se presenta un listado de los representantes que componen las Comisiones de Asuntos Indígenas en la Cámara de Diputados y en la de Senadores.
El sexto apartado se refiere al Poder Ejecutivo Federal, en él se identifican las instancias especializadas en materia indígena y se proponen adecuaciones generales y específicas al marco jurídico de la Administración Pública Federal para implementar un enfoque de respeto a la diversidad cultural y a los derechos indígenas conforme a lo establecido en las disposiciones del artículo 2º Constitucional.
El acceso a la administración de justicia sirve de marco para analizar al Poder Judicial de la Federación en el séptimo apartado, donde se incluyen propuestas del documento Un Sistema Judicial para la Diversidad Cultural elaborado por la CDI.
La referencia somera a las funciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos se aborda en el octavo apartado, para incluir las funciones de la Cuarta Visitaduría para la atención de asuntos indígenas.
En el noveno se exponen los avances en el reconocimiento de derechos indígenas en las entidades federativas, en sus constituciones o leyes reglamentarias y se plantean algunas categorías para identificar el alcance de los mismos.
Se espera que este documento pueda ser de utilidad para fomentar una cultura de respeto a la diversidad cultural y reafirmar el compromiso con los pueblos y comunidades indígenas.
Suscribirse a:
Comentarios de la entrada (Atom)
1 comentario:
ocea k onda saLuDos sU pAjInA sTa deL iiiiiiiuuuuuuuuu perO buEno USTED LA hiZO yA keeeeee ok adios
Publicar un comentario